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Subcapítulo VI - Mejoras
Subcapítulo VI - Mejoras
§ 2391. Mejora, definición de
§ 2392. Donación por contrato entre vivos no se considerará mejora
§ 2393. Promesa en capitulaciones matrimoniales
§ 2394. Revocación de la mejora
§ 2395. Mandas o legados, cómo se considerarán
§ 2396. Mejora señalada en cosa determinada
§ 2397. Facultad de mejorar no puede delegarse
§ 2398. Facultad de mejorar no puede delegarse—Excepción en cuanto a capitulaciones matrimoniales
§ 2399. Pago cuando la mejora no se señale en cosa determinada
§ 2400. Renuncia de la herencia y admisión de la mejora