§ 2399. Pago cuando la mejora no se señale en cosa determinada

PR Laws tit. 31, § 2399 (2018) (N/A)
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Cuando la mejora no hubiere sido señalada en cosa determinada, será pagada con los mismos bienes hereditarios, observándose en cuanto puedan tener lugar, las reglas establecidas en las secs. 2880 y 2881 de este título para procurar la igualdad de los herederos en la partición de bienes.