§ 190i. Cuna de la Plena

PR Laws tit. 23, § 190i (2018) (N/A)
Copy with citation
Copy as parenthetical citation

(a) Se reconoce al Barrio San Antón del Municipio de Ponce, como lugar de interés histórico y cultural, y se le designa como “Cuna de la Plena”.

(b) El Instituto de Cultura Puertorriqueña y el Municipio de Ponce deberán coordinar esfuerzos y recursos para la adecuada identificación del Barrio San Antón como “Cuna de la Plena”, y para la promoción de sus valores históricos y culturales.

(c) Se autoriza al Municipio de Ponce a crear el Fondo para el Desarrollo Histórico del Barrio San Antón, a recibir donativos de la empresa privada o cualquier persona que cumpla con los parámetros y limitaciones establecidos en el ordenamiento jurídico de Puerto Rico y Estados Unidos de Norteamérica.