§ 227l. Informes

PR Laws tit. 23, § 227l (2018) (N/A)
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A partir de la aprobación de esta ley, la Junta de Planificación someterá un informe a la Asamblea Legislativa y al Gobernador al finalizar cada fase de la elaboración del Plan de Uso de Terrenos. Dichos informes deberán presentarse y ser aprobados por el Comité Interagencial antes de ser presentado a la Asamblea Legislativa y al Gobernador. En cada uno de estos documentos se proveerá información sobre los logros alcanzados para cada uno de estos períodos, las dificultades confrontadas en relación con las responsabilidades dispuestas [en] virtud de este capítulo y el uso de los fondos públicos asignados para la elaboración del Plan al igual que cualquier otra información que se estime necesaria.