§ 37g. Cláusula de cumplimiento

PR Laws tit. 28, § 37g (2018) (N/A)
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La Junta rendirá a la Asamblea Legislativa un informe detallado sobre el estado, la efectividad, y el progreso del Registro Interactivo de Propiedades, el cual deberá ser presentado a las Secretarías de Ambos Cuerpos no más tarde de treinta (30) días después de la culminación de cada año fiscal.