§ 37e. Obligación de informar

PR Laws tit. 28, § 37e (2018) (N/A)
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La Compañía de Fomento Industrial, la Administración de Terrenos, la Autoridad de Tierras y el Departamento de la Vivienda, tendrán la obligación continua de informar a la Junta, no más tarde de treinta días posteriores a la culminación de cada año fiscal, el cumplimiento con los Planes Estratégicos de Acción. Cualquier negocio jurídico que conlleve la compra, venta, permuta o traspaso de alguna de las propiedades que deben formar parte del Registro deberá ser notificado a la Junta, no más tarde de treinta días posteriores a la fecha de la compra, venta, permuta o traspaso.