Todo productor, agente general, solicitador, ajustador, consultor, intermediario de reaseguro, o apoderado deberá presentar, a requerimiento del Comisionado, un informe acerca de su negocio de seguros o de cualquier asunto o pérdida que haya tramitado, o en la que haya participado o respecto a la cual tenga información.
Dicho informe se presentará en la forma que para ello provea el Comisionado y contendrá, en forma exacta y precisa, toda la información pertinente al período que disponga el Comisionado. El incumplimiento con lo aquí dispuesto acarreará la imposición de sanciones, incluyendo la no renovación, suspensión o revocación de la licencia.