§ 950b. Licencia—Examen; alcance

PR Laws tit. 26, § 950b (2018) (N/A)
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(1) Cada examen requerido por la sec. 950a de este título será en la forma que el Comisionado prescribiere y de suficiente alcance para poder evaluar razonablemente los conocimientos del solicitante, relativos a las clases de seguros cubiertos por la licencia, y de los deberes y responsabilidades de dicho tenedor de licencia y de las leyes aplicables a éste.

(2) El Comisionado podrá preparar y facilitar a los solicitantes, mediando el pago de los derechos que establezca el Comisionado mediante regla, reglamento, orden o determinación administrativa, un manual que especifique las materias a cubrirse en un examen para determinada licencia.

(3) El Comisionado hará, de tiempo en tiempo y por medio de regla o reglamento, agrupaciones razonables de la clase o clases de seguros o subdivisiones de las mismas que puedan cubrirse con exámenes para determinada licencia.