§ 949o. Licencia—Solicitudes

PR Laws tit. 26, § 949o (2018) (N/A)
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(1) La solicitud de licencia deberá ser presentada por el solicitante al Comisionado. La solicitud deberá estar juramentada por el solicitante y contendrá aquella otra información y documentos que el Comisionado requiera.

(2) Si el solicitante fuere una sociedad o corporación, la solicitud deberá indicar, además, los nombres de todos los socios, funcionarios y directores, y también designar a cada persona que habrá de ejercer las facultades a ser conferidas por la licencia a dicha sociedad o corporación. El Comisionado requerirá de cada persona así designada que suministre información como si se tratara de una licencia individual.

(a) Nombramiento del solicitante como solicitador, sujeto a la expedición de la licencia.

(b) Si el productor ha hecho una investigación sobre la probidad y calificaciones del solicitante, y el resultado de la misma.

(c) Si dicha solicitación de seguros habrá de constituir la ocupación principal del solicitante.

(d) Cualquier otra información que el Comisionado requiera.

(3) La falsa representación de cualquier hecho que se requiera en dicha solicitud o declaración es una violación a este capítulo y la misma podrá ser causal para la denegación, cancelación, no renovación o suspensión de la licencia.

(4) Como parte del procedimiento de renovación de licencia, o en cualquier fecha después de la expedición de la misma, el Comisionado podrá requerir la presentación de una nueva solicitud, conteniendo la información pertinente.