§ 9018l. Fianzas de cumplimiento

PR Laws tit. 23, § 9018l (2018) (N/A)
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La Oficina de Gerencia de Permisos, el Municipio Autónomo con Jerarquía de la I a la V, o el profesional autorizado podrán requerir como condición para la expedición de un permiso de construcción o de uso que se ha de desarrollar por etapas, la prestación de fianzas de ejecución en lugar de la terminación de las instalaciones, servicios y facilidades requeridas, de acuerdo con lo dispuesto en el Reglamento Conjunto de Permisos.