El Departamento de la Vivienda, con el asesoramiento del Departamento de Recursos Naturales y Ambientales, llevará a cabo los procedimientos que en ley correspondan para evaluar, reconocer y donde sea necesario y conveniente proveer para la inscripción de los títulos de propiedad de los residentes de las comunidades del Distrito, no más tarde de un (1) año de aprobada esta ley. El Departamento de la Vivienda llevará a cabo un estudio sobre la situación legal de los derechos atribuibles a todos los residentes del Distrito cuyas estructuras ubiquen dentro de los terrenos que se definan como de dominio público de acuerdo al deslinde que se requiere en las secs. 5045 y 5046 de este título. Este estudio de titularidad servirá de base para establecer los procedimientos de reconocimiento de derechos propietarios de las familias que deberán realojarse como parte de la implantación del Proyecto ENLACE, incluyendo el proyecto de dragado y canalización del Caño y la implantación del plan de usos de terrenos y del Plan de Desarrollo Integral del Distrito.