§ 1103. Comité Interagencial sobre la Industria de la Gasolina; creación, facultades

PR Laws tit. 23, § 1103 (2018) (N/A)
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(a) Coordinar las acciones y esfuerzos del Gobierno para establecer, promover y mantener la competencia en la industria de la gasolina y asegurar que las mismas se lleven a cabo bajo las guías y propósitos establecidos por esta Asamblea Legislativa.

(b) Evaluar periódicamente los logros de las medidas del Gobierno para establecer y mantener la libre competencia de la gasolina y hacerle recomendaciones a esta Asamblea Legislativa según sean éstas sometidas por el Honorable Gobernador de Puerto Rico. En adición, el Gobernador transmitirá a la Asamblea Legislativa un informe sobre el estado de la industria de la gasolina en o antes de las siguientes fechas:

(1) 1ro de julio de 1979.

(2) 1ro de julio de 1980.

(3) 1ro de julio de 1981.