§ 243. Cobro por servicios a personas e industrias privadas

PR Laws tit. 23, § 243 (2018) (N/A)
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Por la presente se autoriza a los distintos departamentos y oficinas de la Administración de Fomento Económico a cobrar por los servicios que prestaren a las personas y a las industrias privadas. Los ingresos provenientes de dichas actividades deberán ingresar en los fondos generales del Tesoro del Estado Libre Asociado de Puerto Rico a excepción de lo que se dispone en las secs. 242 y 243a de este título.