(a) Se declara monumento histórico los edificios que albergan la Escuela de la Comunidad Narciso Rabell Cabrero, inicialmente conocida como Narciso Rabell Cabrero Junior High School, localizada en el Municipio de San Sebastián.
(b) La Junta de Planificación, en coordinación con y el asesoramiento del Instituto de Cultura Puertorriqueña y la Oficina Estatal de Preservación Histórica, tomará las medidas necesarias para dar fiel cumplimiento a las disposiciones de esta sección e incluirá la antigua Escuela Narciso Rabell Cabrero Junior High School, hoy Escuela de la Comunidad Narciso Rabell Cabrero, en su lista de Sitios y Lugares Históricos, a tenor con las disposiciones de la legislación vigente y el Reglamento Núm. 5 de Sitios y Zonas Históricas.
(c) El Departamento de Educación, con el asesoramiento del Instituto de Cultura Puertorriqueña, instalará una tarja conmemorativa alusiva a tal designacion, no mas tarde de seis (6) meses luego de entrar en vigencia esta ley.