(a) Declarar monumento histórico el edificio de la Sucesión del Dr. Ramón E. Ramírez Quiles, antigua Clínica Ramírez Quiles (1892), que está ubicado en la Calle Méndez Vigo #62 Oeste en la ciudad de Mayagüez.
(b) La Junta de Planificación, con el asesoramiento y en coordinación con el Instituto de Cultura Puertorriqueña, tomará las medidas que sean necesarias para dar cumplimiento a la disposición del inciso (a) de esta sección e incluirá al edificio de la Sucesión Dr. Ramón E. Ramírez Quiles como futura sede del Ateneo de Mayagüez, en la lista de Sitio y Lugares Históricos, a tenor con las disposiciones de la legislación vigente y el Reglamento de Sitios y Zonas Históricas, Reglamento de Planificación Núm. 5.