(a) Se dispone que la carretera PR-176, desde la carretera PR-1 hasta la intersección con la carretera PR-845 en Cupey, en lo sucesivo sea designada “Avenida Ana G. Méndez”.
(b) La Comisión Denominadora de Estructuras y Vías Públicas del Estado Libre Asociado de Puerto Rico tomará las medidas necesarias para dar cumplimiento a las disposiciones de esta sección, sin sujeción a lo dispuesto en las secs. 178 a 182 de este título.