(a) Se dispone que el tramo de la Carretera PR-5556, que va desde la Carretera PR-14 hasta el parque de pelota del barrio Pasto, sector Santa Ana, incluyendo el puente sobre el Río Cuyón que da acceso a dicha comunidad sean designados como “Carretera Roberto ‘Tutin’ Mateo Espada” y el puente que sea designado como “Puente Roberto ‘Tutin’ Mateo Espada”.
(b) La Comisión Denominadora de Estructuras y Vías Públicas del Gobierno de Puerto Rico tomará las medidas necesarias para dar cumplimiento a las disposiciones de esta sección.