§ 73b. Certificación

PR Laws tit. 23, § 73b (2018) (N/A)
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Una vez el ingeniero o arquitecto que hubiera diseñado la fase especializada concluya todos aquellos trámites y cumpla con la reglamentación que sujeto a lo dispuesto en la sec. 73a de este título se hubiere establecido, procederá a certificar los planos o proyecto de obras y demás documentos necesarios. Este procedimiento de certificación será mandatorio y exclusivo para obtener endosos y aprobaciones de estas agencias.