§ 62q. Planos para proyectos especiales

PR Laws tit. 23, § 62q (2018) (N/A)
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Con el fin de efectuar el Plan de Desarrollo Integral, el Programa de Inversiones de Cuatro Años y los Planes de Usos de Terrenos de Puerto Rico, o cualquier parte de los mismos, la Junta podrá adoptar proyectos, con el detalle pertinente, para unidades de vecindad; proyectos de terrenos y utilidades, nuevo desarrollo de áreas agotadas, decadentes, o en desuso; el desarrollo de poblaciones industriales; distritos sanitarios, distritos de avenamiento; distritos de terrenos saneados; distritos de conservación de suelos; distritos de abastecimiento de agua; distritos de fuerza hidráulica; distritos de riego; u otros tipos o clases de distritos para fines especiales.