(a) Se designa un tramo de la Carretera PR 140, dentro de la jurisdicción del Municipio de Barceloneta, que discurre entre el km. 63.9 al km. 69.5 a la altura de la Salida 55 de la Autopista José de Diego PR-22, con el nombre de “Benito de Jesús Negrón”.
(b) El Secretario de Transportación y Obras Públicas del Estado Libre Asociado de Puerto Rico deberá rotular el referido tramo de la Carretera PR 140, del Municipio de Barceloneta, según descrito en el inciso (a) de esta sección, de conformidad con las disposiciones de esta sección.
(c) Se exime al Secretario de Transportación y Obras Públicas del Estado Libre Asociado de Puerto Rico del cumplimiento de las disposiciones contenidas en las secs. 178 et seq. de este título, conocidas como “Ley de la Comisión Denominadora de Estructuras y Vías Públicas”, para los fines de la designación que se requiere en el inciso (a) de esta sección.
(d) El Secretario de Estado le enviará copia de la ley, una vez firmada por el Gobernador, al Secretario del Departamento de Transportación y Obras Públicas y a el (la) Alcalde(sa) del Municipio de Barceloneta, para su conocimiento.