(a) Se denomina el tramo de la carretera PR-368 desde el km. 5.3 en Sabana Grande hasta el km. 7.7 en Yauco con el nombre de “Fidel Vélez Vélez”, sin sujeción a las disposiciones de las secs. 178 et seq. de este título.
(b) Una vez aprobada, el Departamento de Estado notificará de la misma a la Comisión Denominadora de Estructuras y Vías Públicas del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, para que tome las medidas necesarias para dar cumplimiento con las disposiciones de esta sección.