(a) Se denomina la calle municipal que comienza en el Km. 39.8 de la Carr. PR-14, intersección del Sector Las Calabazas del Barrio Cuyón del Municipio de Coamo, con el nombre de Don Pedro Luis Rodríguez Colón, mejor conocido como “Luis Alcantaro”.
(b) La Comisión Denominadora de Estructuras y Vías Públicas del Estado Libre Asociado de Puerto Rico y el Municipio de Coamo tomarán las medidas necesarias para dar cumplimiento a las disposiciones de esta sección, sin sujeción a lo dispuesto en las secs. 178 et seq. de este título, conocidas como la “Ley de la Comisión Denominadora de Estructuras y Vías Públicas del Estado Libre Asociado de Puerto Rico”.
(c) Una vez aprobada esta ley, el Departamento de Estado del Estado Libre Asociado de Puerto Rico procederá a notificar a las agencias gubernamentales responsables de administrar la calle municipal que comienza en el Km 39.8 de la Carr. PR-14, intersección del Sector Las Calabazas del Barrio Cuyón del Municipio de Coamo, a los fines de proceder con la nueva identificación de esas facilidades y la rotulación de las vías de acceso.
(d) Esta sección se aprueba sin sujeción a la sec. 4054(k) del Título 21, conocida como “Ley de Municipios Autónomos del Estado Libre Asociado de Puerto Rico de 1991”.