(a) Se designa la Carretera Estatal PR-132, jurisdicción del Municipio de Guayanilla, con el nombre de “Juan C. Torres Irizarry”.
(b) La Comisión Denominadora de Estructuras y Vías Públicas del Estado Libre Asociado de Puerto Rico y el Departamento de Transportación y Obras Públicas tomarán las medidas necesarias para dar cumplimiento con las disposiciones de esta sección, sin sujeción a lo dispuesto en las secs. 178 et seq. de este título.