Cualquier sobrante de fondos por concepto de las eficiencias administrativas y/o operacionales generadas en virtud del proceso dispuesto en este subcapítulo será utilizado prioritariamente para el pago de las obligaciones de la ACT y/o ATI.
De igual forma, los sobrantes al culminar cualquier plan de pago de las deudas por pagar acumuladas al 31 de diciembre de 2014 serán utilizados, en su totalidad, para el pago de los préstamos de la ACT y/o ATI con el BGF.