§ 1139. Solicitud de reconsideración

PR Laws tit. 8, § 1139 (2018) (N/A)
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La parte adversamente afectada por una resolución u orden parcial o final, podrá, dentro del término de veinte (20) días desde la fecha de archivo en autos de la notificación de la resolución u orden, presentar una moción de reconsideración de la resolución u orden.