§ 1365n. Comité de Crédito—Funciones

PR Laws tit. 7, § 1365n (2018) (N/A)
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(a) Considerar, aprobar o denegar préstamos por cantidades en exceso de aquellas que los oficiales de crédito estén autorizados a conceder, pero hasta los límites máximos que fijen las normas prestatarias que establezca la Junta. Las solicitudes de préstamos de los miembros de los cuerpos directivos, el comité de supervisión y los funcionarios ejecutivos en exceso de sus acciones y depósitos, se considerarán en una reunión donde esté presente un miembro del comité de supervisión, quien participará con voz y voto en dicha reunión;

(b) evaluar y someter a la Junta para la consideración y decisión final las solicitudes de préstamos por cantidades que excedan los límites máximos que el comité esté autorizado a conceder;

(c) revisar y analizar las informes de los oficiales de crédito sobre los préstamos que éstas concedan o denieguen y rendir a la Junta un informe al respecto, y

(d) rendir a la Junta un informe mensual sobre los préstamos que el comité conceda o deniegue.