§ 108. Informe anual

PR Laws tit. 6, § 108 (2018) (N/A)
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Anualmente, las agencias del Gobierno de Puerto Rico informarán a la Asamblea Legislativa de Puerto Rico los predios de terreno vendidos de acuerdo a las disposiciones de este capítulo. En tal informe deberán consignar, entre cualesquiera otros que estimen, la entidad sin fines pecuniarios a la cual se le venda un predio de terreno, la cabida y ubicación del terreno vendido y los propósitos o fines de la entidad adquirente.