§ 202. Definiciones

PR Laws tit. 5, § 202 (2018) (N/A)
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Aparcero.— Incluye todo labrador, obrero y trabajador agrícola que se haya obligado a cultivar a la parte tierra labrantía de otra persona.

Terrateniente.— Comprende todo estanciero, propietario, dueño, arrendatario, administrador y usufructuario de tierra labrantía, e incluye, además, toda persona natural o jurídica que tenga la posesión de dicha tierra.

Tierra labrantía.— Comprende toda granja o finca, campo, tierra de labor y cualquier terreno rústico o urbano susceptible de cultivo agrícola.