§ 1527. Transferencia al Departamento de Agricultura

PR Laws tit. 5, § 1527 (2018) (N/A)
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(1) Las facilidades de puertos pesqueros que pertenezcan a CODREMAR.

(2) El inventario de facilidades, equipo, materiales y otros bienes en los puertos pesqueros que pertenecen a CODREMAR.

(3) La operación, con su inventario, de la tienda de efectos de pesca localizada en las facilidades pesqueras en Arroyo.