(a) El Comité recomendará un Programa de Investigación que comprenderá áreas de investigación básica y aplicada, necesarias y encaminadas a resolver los problemas de nuestros agricultores y de nuestras empresas agrícolas, además de fomentar y promover el desarrollo económico de nuestra agricultura. El Programa recibirá la aprobación del Secretario, según la sec. 71 de este título, previo a su [implantación] por el Comité.
(b) Las áreas prioritarias de investigación son:
(1) Procesamiento de alimentos y desarrollo de nuevos productos.
(2) Mercadeo de productos agrícolas frescos desde la finca y procesado.
(3) Biotecnología y mejoramiento genético en plantas y animales.
(4) Control de plagas y enfermedades en plantas y animales.
(5) Producción de semilla certificada.
(6) Mecanización y automatización agrícola.
(7) Alimentación, reproducción y producción de peces y animal.
(8) Técnicas de producción de cultivos tropicales con potencial comercial para Puerto Rico.
(9) Uso y manejo de recursos naturales y ambientales en agricultura con énfasis en el manejo sostenible del recurso agua en empresas agrícolas y agroindustriales.
(10) Manejo de suelos y abonamiento.
(11) Implantación de medidas de bio-seguridad en la finca.
(12) Empaques y manejo en la finca de productos agrícolas.
(13) Uso eficiente de la energía en las operaciones agrícolas y producción de energía alterna al combustible.
(c) Las áreas prioritarias de investigación serán revisadas y actualizadas anualmente por el Comité.