(a) Secretario.— Significa el Secretario del Departamento de Agricultura.
(b) Decano.— Significa el Decano Director del Colegio de Ciencias Agrícolas del Recinto Universitario de Mayagüez.
(c) Comité.— Significa el Comité para el Financiamiento de la Investigación y el Desarrollo de Tecnología Agrícola; grupo de funcionarios en quienes se delegan los poderes y facultades para [implantar] el Programa para el Financiamiento de la Investigación al amparo de este capítulo.
(d) Programa de Investigación.— Significa el Programa que desarrollará el Comité para la Investigación y el Desarrollo de Tecnología Agrícola en el cual sistemáticamente se atenderán las prioridades de investigación en la agricultura de Puerto Rico.
(e) Propuesta de Investigación.— Significa el documento que presentarán los investigadores o agencias interesadas en participar de los fondos de investigación, donde se detallará la necesidad de la investigación propuesta, el método científico a seguir, los alcances y resultados esperados y la petición presupuestaria. Además de contener cualquier otra información que el Comité estime relevante para la evaluación de la propuesta.
(f) FIDA.— Significa el Fondo Integral para el Desarrollo Agrícola de Puerto Rico, corporación subsidiaria de la Autoridad de Tierras del Gobierno de Puerto Rico.
(g) Universidad.— Significa la Universidad de Puerto Rico.