§ 981e. Actividades

PR Laws tit. 5, § 981e (2018) (N/A)
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(a) La Compañía estimulará mediante los medios que estime más conveniente el desarrollo y expansión de las empresas cooperativas facilitando a éstas promover, iniciar y mantener en operación toda clase de actividades económicas.

(b) Podrá participar en actividades tendientes al desarrollo de empresas cooperativas bien por su exclusiva cuenta o mediante participación en cualquier forma adecuada con entidades privadas o gubernamentales o mediante la inversión de terceros en empresas de la Compañía.

(c) Dirigirá su programa de trabajo a lograr que el desarrollo cooperativista de Puerto Rico se realice en la forma más integrada posible al desarrollo de la comunidad puertorriqueña.