§ 759. Tanques de inmersión privados y municipales—Construcción de tanques

PR Laws tit. 5, § 759 (2018) (N/A)
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El Secretario de Agricultura proporcionará gratis los planos para la construcción de dichos tanques, y las obras serán inspeccionadas y aprobadas por el Secretario de Transportación y Obras Públicas sin retribución para el departamento, debiendo ser pagadas las obras de construcción por el dueño del ganado.