§ 647. Ciertas prácticas de veterinaria—Reglamentación

PR Laws tit. 5, § 647 (2018) (N/A)
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Los jefes de departamentos o agencias del Estado Libre Asociado de Puerto Rico que necesiten estos técnicos de veterinaria quedan facultados para promulgar la reglamentación necesaria para dar cumplimiento a las secs. 644 a 647 de este título.