§ 357. Donaciones y contratos

PR Laws tit. 5, § 357 (2018) (N/A)
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Se faculta al Secretario de Agricultura de Puerto Rico para aceptar donaciones para los propósitos de las secs. 353 a 357 de este título, y para formalizar aquellos contratos, convenios y acuerdos que crea necesarios y convenientes para llevar a cabo los propósitos de las mismas.