§ 402. Alguaciles—Alguacil actuará en sala

PR Laws tit. 4, § 402 (2018) (N/A)
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El márshal o su auxiliar, que asista a las sesiones del tribunal deberá actuar como alguacil (crier) del mismo, y deberá llamar a las partes y a los testigos y a todas aquellas personas que deban comparecer ante el tribunal, anunciando la apertura y cierre de las sesiones del tribunal, y cumpliendo con cualquier otro deber que esté bajo su dirección.