§ 392. Secretarios—Deberes

PR Laws tit. 4, § 392 (2018) (N/A)
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Cada secretario del Tribunal de Primera Instancia desempeñará aquellos deberes que le están prescritos en los Códigos de Enjuiciamiento Civil y Penal, y todos aquellos deberes que le fueren asignados por los reglamentos y práctica del tribunal.