El Laboratorio Forense de DNA-Serología del Instituto de Ciencias Forenses realizará las pruebas de ADN salvo que el peticionario solicite que lo realice otro laboratorio, gubernamental o privado, dentro de la jurisdicción del Estado Libre Asociado de Puerto Rico.
Si el peticionario solicita que la prueba sea realizada por un laboratorio privado, este deberá proveer con su solicitud, mediante moción al tribunal, una lista de al menos tres (3) laboratorios que prefiere realicen el procedimiento. El Ministerio Público deberá escoger un laboratorio de los que se encuentran en la lista o justificar en detalle las razones por la cuales se opone a éstos, conforme la sec. 4036 de este título. El Ministerio Público tendrá derecho a realizar su propia muestra y el resultado de la misma deberá ser notificado al peticionario y al tribunal.