§ 4033. Obtención y análisis de la muestra

PR Laws tit. 34, § 4033 (2018) (N/A)
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Cuando el análisis de ADN se le vaya a realizar al peticionario, el laboratorio que vaya a realizar el análisis, deberá tomar la muestra bucal en la institución penal donde el peticionario se encuentre cumpliendo su sentencia, o de acuerdo a las estipulaciones establecidas por el Ttibunal o recursos disponibles.

Cuando el análisis de ADN se le vaya a realizar a la evidencia en posesión del Estado Libre Asociado por un laboratorio privado, el ente gubernamental será responsable de poner la muestra a disposición del laboratorio privado y este último de recoger la misma, conservando siempre la cadena de custodia de la evidencia, y de acuerdo a lo establecido en la sec. 4035 de este título, referente a las costas y gastos del análisis.