§ 1724d. Junta de Confiscaciones—Informe anual

PR Laws tit. 34, § 1724d (2018) (N/A)
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La Junta someterá un informe anual no más tarde del 1ro de septiembre al Gobernador y a la Asamblea Legislativa. Dicho informe incluirá una relación detallada de los fondos ingresados y el uso que se ha dado a los mismos durante el año natural inmediatamente anterior. Asimismo, incluirá un inventario de la propiedad confiscada que permanece en poder de la Junta de Confiscaciones.