§ 1724a. Junta de Confiscaciones—Director Administrativo

PR Laws tit. 34, § 1724a (2018) (N/A)
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El Presidente de la Junta nombrará, con la aprobación de ésta, al Director Administrativo de la Junta. Este funcionario realizará, en virtud de delegación, las funciones específicas que la Junta y el Presidente determinen y velará por el cumplimiento de la política administrativa y operacional que se establezca. El Director Administrativo servirá en esta posición a discreción del Presidente de la Junta.