§ 1041. Término cumplido antes de la suspensión de la sentencia—Preferencia de deducciones

PR Laws tit. 34, § 1041 (2018) (N/A)
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Los descuentos mencionados en esta sección y las secs. 1039 y 1041 de este título se harán por las autoridades penales correspondientes con preferencia a cualesquiera otros descuentos o deducciones autorizados por otras leyes excepto cuando en dichas leyes se disponga lo contrario.