Si un tribunal o juez autorizado por la ley para expedir el auto de hábeas corpus considera que a una persona se le tiene en custodia, en prisión o detenida ilegalmente, y que hay razón para creer que se trata de sacar a esa persona fuera de la jurisdicción de ese tribunal o juez que conoce de la solicitud, o que ha de sufrir perjuicios irreparables antes de que se cumplimente el auto de hábeas corpus, tal tribunal o juez puede hacer que se expida una orden relatando los hechos, y dirigida a cualquier oficial del tribunal, ordenándole que saque a la persona así retenida en custodia, prisión o detención, y la traiga inmediatamente ante dicho tribunal o juez para ser juzgada de acuerdo con la ley.