§ 1762. Defectos de forma en el auto

PR Laws tit. 34, § 1762 (2018) (N/A)
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No puede desobedecerse ningún auto de hábeas corpus porque contenga defectos de forma, si resulta completo y suficiente en el fondo, declarando quién es la persona que tenga encarcelado o detenido al preso, el funcionario o particular que le detuvo, y el tribunal o juez ante quien se ha de llevar.