§ 1757. Procedimiento sobre arresto por delito

PR Laws tit. 34, § 1757 (2018) (N/A)
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Si el tribunal o juez por declaraciones juradas o en otra forma, o en vista del mandamiento de la orden de arresto, u otros documentos que se sometan al tribunal o juez en el expediente, se convenciere de que la persona es culpable de un hecho criminal, o que no debe ser excarcelada, tal tribunal o juez, aun cuando el cargo no esté plenamente probado, o no estuviere suficientemente claro en dicho procedimiento u orden de arresto, ordenará que el querellante o los testigos que fuesen necesarios sean citados debidamente para que se presenten el día que les ordene y presten declaración ante el tribunal o juez, pudiendo después de la vista excarcelar al prisionero, admitirle fianza si el delito lo permite, u ordenar que continúe en prisión.