Si la persona a quien va dirigido el auto se negare a obedecerlo después de notificada, el tribunal o juez, previa declaración jurada, expedirá orden de arresto contra aquella persona, dirigiéndola a cualquier oficial para que inmediatamente arreste a tal persona, conduciéndole en seguida ante dicho tribunal o juez, que ordenará su encarcelación hasta que se haya cumplimentado en debida forma dicho auto, o hasta que sea excarcelada legalmente en otra forma.