§ 1745. Términos del auto

PR Laws tit. 34, § 1745 (2018) (N/A)
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El auto ha de dirigirse a la persona o autoridad que tenga detenido al presunto culpable a cuyo favor se ha hecho la solicitud, ordenándole que presente a la persona detenida o arrestada ante el tribunal o juez donde haya de tener lugar la vista del auto diligenciado, en la hora que se determina en el mismo.