Si el Gran Jurado encontrare motivos para acusar en cualquier caso, endosará la acusación presentada por el fiscal en esta forma: “acusación fundada”, fecha y firma del presidente del jurado.
Si no se hubiere presentado acusación por el fiscal, el Gran Jurado ordenará a éste que la formule, y una vez formulada, la endosará en la forma correspondiente.
Si el Gran Jurado no encontrare justificados los cargos presentados por el fiscal, el presidente pondrá una nota al dorso de la acusación que dirá: “acusación infundada”, fecha y firma.