§ 2516. Adjudicación del sobrante

PR Laws tit. 32, § 2516 (2018) (N/A)
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El auto definitivo en una rendición de cuenta dispondrá, con arreglo a derecho y justicia, la adjudicación del sobrante que resultare, en dinero o fincas, entre las personas con derecho a ello, después de satisfechas las deudas del finado y cubiertos los gastos de la administración.