§ 5148. Defectos de construcción

PR Laws tit. 31, § 5148 (2018) (N/A)
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Si el daño de que tratan las secs. 5146 y 5147 de este título resultare por defecto de construcción, el tercero que lo sufra sólo podrá repetir contra el arquitecto,o en su caso, contra el constructor, dentro del tiempo legal.